miércoles, 30 de marzo de 2016

Comentarios al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.. ¿y usted ya cumple con estas disposiciones?

Comentarios al Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
¿y usted ya cumple con estas disposiciones?

Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

El pasado 13 de noviembre de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo que establece diversas disposiciones que las empresas deben acatar a partir de su entrada en vigor en febrero de 2015. Aquí algunas de las obligaciones principales:

a) Relativas a las instalaciones y centros de trabajo: Disponer y delimitar los espacios de circulación de personas, almacenamiento, producción, servicio, entre otros; proveer ventilación, tener escaleras, rampas, puertas de acceso y emergencia; contar con tomas de agua, vasos desechables o bebederos; sanitarios y lavabos limpios para hombres y mujeres; regaderas y vestidores cuando se requiera; lugares higiénicos para consumo de alimentos, llevar registro de actividades de mantenimiento.

b) Relativas a la prevención contra incendios: Clasificar por riesgos de incendio las áreas de trabajo, tener equipo contra incendios, programas de revisión de extintores y equipos, croquis del centro de trabajo y plan de atención a emergencias, rutas de evacuación, brigadas contra incendios, desarrollar simulacros y llevar los registros de las actividades realizadas.

c) Relativas al uso de maquinaria y equipo: Análisis de riesgos, programa de mantenimiento, protectores de seguridad, equipos ergonómicos, capacitación en el uso de equipo, registro de las actividades realizadas.

d) Relativas a la conducción de vehículos motorizados: Programa de revisión y mantenimiento, verificar que los empleados tengan licencias, aplicar exámenes toxicológicos, proporcionar equipo de protección requerido, capacitar y adiestrar, llevar registro de actividades realizadas así como de sanciones recibidas y accidentes viales.

Existen además diversas disposiciones específicas relativas a trabajo en las alturas, ruido, iluminación, condiciones de trabajo en un lugar confinado, transporte de personas o mercancías, manejo de sustancias peligrosas, embarazadas, discapacitados, trabajo de menores de edad,  entre otras.

e) Un aspecto importante es el que se refiere a factores de riesgo psicosocial, entre los que se encuentran: identificar los puestos que tengan factores de riesgo por su jornada o  naturaleza de sus funciones; identificar sujetos expuestos a traumas o violencia laboral ( actos de hostigamiento, acoso, malos tratos que puedan dañar su salud o integridad  ), adoptar medidas para mitigar los factores de riesgo psicosocial, practicar examenes o evaluaciones clínicas a sujetos identificados, llevar registro de las actividades realizadas. Para prevenir la violencia laboral, los patrones deben definir políticas para prevenirlo y promover un entorno favorable, disponer de mecanismos para recepcionar quejas, si tienen más de 50 trabajadores realizar estudios de entorno organizacional favorable; difundir políticas y resultado de las evaluaciones.

En caso de que las autoridades realicen las revisiones y se encuentren con que se incumplen algunas de las disposiciones señaladas, impondrán multas que van de los 50 hasta los 5,000 salarios mínimos (dependen del tipo de infracción (hay de 250, 2000, 3000 y además por cada evento que no se haya realizado). En caso de que no se subsanen las irregularidades en el plazo que otorgue la autoridad, estas multas se duplicarán.

Por lo anterior, es importante que realice un diagnóstico acerca del cumplimiento de las normas establecidas en el presente Reglamento y en su caso tome las medidas pertinentes para evitar las sanciones económicas a las que podría estar expuesto en caso de una revisión.








martes, 29 de marzo de 2016

Brecha entre el conocimiento aprendido y el requerido por las empresas


Brecha entre el conocimiento aprendido y el requerido por las empresas.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González



En una ocasión anterior me referí al tema de "Competencias laborales requeridas por las empresas" (colaboración con el blog de CONACI), abundando en otros aspectos que aborda el documento Encuesta de Competencias Profesionales 2014 elaborado por el CIDAC, me permito retomar los siguientes aspectos:

a) 55 de cada 100 profesionistas no encuentran trabajo en el área que estudiaron es decir que no ejercen su profesión (cuatro millones en 2014).
b) Las empresas reportan que los profesionistas no poseen las siguientes competencias:

  • Comunicación escrita en Español
  • Comunicación oral en Español
  • Comunicación oral en Inglés
  • Puntualidad
  • Sentido de responsabilidad
  • Iniciativa o proactividad
  • Capacidad de sintesis de información
  • Pensamiento lógico y ágil.

c) Las empresas encuestadas reportan que es muy díficil encontrar candidatos para cubrir las vacantes, las principales razones son:


  •  70.54% no tiene los conocimientos necesarios
  • 24.81% no tiene personalidad
  • 2.33% falta de experiencia
  • 2.33% aspira a salarios muy altos
d) Por otra parte, las principales razones para que rechacen candidatos a un nuevo empleo son las siguientes:

  • 27.6% falta de experiencia
  • 14.3% no se sabe vender
  • 13.83% bajos niveles de escolaridad
  • 13.03% aspira a salarios muy altos
  • 11.02% falta de habilidades sociales
  • 9.02% falta de conocimientos técnicos específicos
  • 6.01% mala imagen
  • 4.41% falta de cultura general
  • .8% falta de adaptabilidad
  • .2% irresponsabilidad


e) Ahora bien, los expertos en recursos humanos consideran que las competencias principales que debe tener un profesionista son:
trabajo en equipo (29.71%), comunicación con otros (11.32%/), comunicación e innovación (10.42%), cultura general y liderazgo ( más del 7%).

f) Sin embargo, encuentran que las principales carencias de los candidatos a un empleo son: cultura general (21.29%), liderazgo (13,3%), innovación, trabajo en equipo (más del 10%), imagen personal, inteligencia emocional comunicación (más del 8%).


Con base en los datos anteriores, es importante comentar que existe una brecha entre el conocimiento y competencias que se adquieren en las Instituciones de Educación Superior y lo que las empresas actuales están requiriendo. Es muy preocupante que mientras que existe una gran cantidad de desempleados, sobre todo universitarios recien egresados, exista además una demanda de empleo (que desde luego no será suficiente para cubrir la totalidad de empleos requeridos) que no puede ser cubierta porque los solicitantes no cumplen con los requerimientos mínimos que se están requiriendo.

Es necesario que tal como lo indica el documento se revisen los planes de estudio, se adecuen a las necesidades actuales.  No es posible que un programa de licenciatura o ingeniería permanezca años sin que pueda modificarse, las autoridades educativas deben ser flexibles y permitir las adecuaciones necesarias para que los estudiantes puedan ser competitivos. 

Por otra parte, también es importante que como tantas veces se ha dicho se inculque en los jovenes el deseo y la necesidad de leer, de obtener una cultura general, de ser emprendedores, de participar activamente en actividades sociales y de comunicación.

Hoy en día existe además diversas herramientas gratuitas a través de las cuales los recien egresados y los que ya tienen tiempo de haber concluído los estudios universitarios o que simplemente no poseen un título, puedan continuar aprendiendo todo tipo de aplicaciones, programas, actualizaciones de temas y continuar vigentes para estar a la altura de las circunstancias actuales y promover la autoeducación en nuestra familia y a título personal.


jueves, 24 de marzo de 2016

Comentarios a la Encuesta salarial 2015


Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González


Comentarios a la Encuesta Salarial 2015.



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Mercer, consultora líder en Recursos Humanos, presentó su 25a Encuesta anual de Remuneración Total Salarial 2015 elaborada con datos de 579 empresas a nivel naciona y l725 puestos encuestados de diversos sectores como Manufactura, Ventas, Suministros y Logística, Administración, Finanzas, Reparación y Mantenimiento, Calidad, Ingeniería, Call Center, Mercadeo, Recursos Humanos, Investigación y Desarrollo, y Análisis y Diseño IT. 

Entre los datos relevantes podemos encontrar los siguientes:

a) Los puestos ejecutivos obtuvieron un incremento del 20% a los salarios en el sector de bienes de consumo, siendo el sector que más incremento obtuvo.

b) las Compensaciones en México se integran de la siguiente manera: Ejecutivos, 59% recibe un Sueldo Base, el 10% Garantizado, 15% en Incentivos de Corto Plazo (ICP), 6% en Incentivos de Largo Plazo  y el 10% Beneficios; respecto a los Profesionales, 91% recibe Sueldo Base, 17% Garantizado, 7% ICP, y 15% Beneficios.
 En efectivo, la Compensación de un Gerente es 10 veces mayor a la de personal Operativo.

c)  Con relación a la edad, los llamados Baby Boomers (50-65 años) perciben mayor salario en todos los niveles –Ejecutivo, Gerencial, Profesional y Para-Profesional-, seguidos de la Generación X (35-50 años) y los Millennials (25-35).

d) Los hombres perciben hasta 21% más de salario que las mujeres, resultando el nivel Profesional el único donde no existe diferencia. La distribución por género respecto al cargo se encuentra dividido de la siguiente manera:
·         Directores: 17% mujeres; 83% hombres
·         Gerentes: 28% mujeres; 72% hombres
·         Profesional: 26% mujeres; 74% hombres
·         Para-Profesional: 37% mujeres; 63% hombres

e) El Distrito Federal es la entidad donde el salario para Gerentes es mayor, seguido de Monterrey, Bajío y algunos estados  del Sureste del país.

Como se observa, existe una gran diferencia entre los sueldos y prestaciones de ejecutivos y los operativos, así como la falta de equidad de género respecto a los puestos y salarios entre hombres y mujeres.

Fuente: http://www.latam.mercer.com/newsroom/25-encuesta-salarial-mercer-2015.html

jueves, 17 de marzo de 2016

Discrepancia fiscal personas físicas



Discrepancia fiscal Personas Físicas
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza Glez.
Contador, Contabilidad, Asesor


Se acerca la declaración anual para personas físicas y es conveniente tener en cuenta este aspecto.

Las autoridades fiscales consideran a la discrepancia fiscal como la diferencia que pueda existir entre los ingresos declarados y los egresos reales durante un ejercicio. 
Es decir que la persona física realice más gastos que ingresos obtenidos.

El artículo 91 y 107 de la LISR establecen la forma en que se determina y el procedimiento a llevar a cabo en caso de discrepancia fiscal.

Las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal si se comprueba que el monto de las erogaciones en un año de calendario es mayor a los ingresos declarados por el contribuyente o a los que le hubiera correspondido declarar. 
No importa que el contribuyente esté inscrito o no como tal, ya que con las modificaciones de los últimos tiempos, las autoridades podrán allegarse de información bancaria en forma sencilla y rápida.

El procedimiento para determinar si existe discrepancia fiscal es el siguiente:
a) Comprobarán el monto de gastos


Total de gastos realizados (deducibles y no deducibles)
Más: Compras de bienes (obtienen de notarios/empresas autos,etc.)
Más: Depósitos bancarios e inversiones.(lo obtienen directamente de datos que envían las instituciones financieras)
Más: Gastos y compras efectuadas con tarjetas de crédito
Igual: Total de erogaciones
Menos: Se compara con total de ingresos declarados
Igual: Discrepancia fiscal

b)Una vez determinada la discrepancia fiscal, las autoridades enviarán invitación para corregir la situación fiscal o directamente una notificación donde dan a conocer a la persona física el resultado del procedimiento y el monto adeudado.

C) El contribuyente podrá enviar oficio aclaratorio y
presentar pruebas que acompañan su oficio en un plazo máximo de 20 días.

D) Si no se aclara, se tendrá por consentido el acto de la autoridad y deberá pagarse el monto de lo determinado.

Por lo anterior, se recomienda:
 1.- Tener cuidado al realizar la declaración anual, verifique que todos sus ingresos se incluyan, no importa que no causen impuestos.
2.- No se exceda en el uso de las tarjetas de crédito.
3.- Conserve sus estados de cuenta para hacer aclaraciones y seguir la pista de los depósitos, traspasos, etc.
4.- Verifique su buzón tributario para estar al pendiente de posibles requerimientos de las autoridades fiscales.
Tarjeta De Crédito, Firma, De Crédito

miércoles, 16 de marzo de 2016

Opción de utilizar "Mis cuentas", el tiempo se acaba.

Opción de utilizar "Mis cuentas", el tiempo se acaba.Picture

Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza Glez.

Como es sabido el pasado 23 de diciembre del 2015, se publicó la Resolución Miscelánea para 2016. Un aspecto importante que plantea es el envío de la contabilidad electrónica que se amplía como estaba previsto a más sujetos del Impuesto Sobre la Renta.

Sujetos obligados
Y así se establece en la Regla 2.8.1.7 que para los efectos del artículo 28, fracción IV del CFF, los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad y a ingresar de forma mensual su información contable a través del Portal del SAT, excepto los contribuyentes que tributen en el RIF, las personas físicas que tributen conforme al artículo 100, fracción II de la Ley del ISR, siempre que sus ingresos del ejercicio en que se trate no excedan de $2´000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), las sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, a que se refiere la regla 2.8.1.2., así como las demás personas físicas y las Asociaciones Religiosas que hayan optado por utilizar la herramienta electrónica "Mis cuentas" de conformidad con lo previsto en la regla 2.8.1.5., deberán enviar a través del buzón tributario o a través del portal "Trámites y Servicios" del Portal del SAT, dentro de la opción denominada "Trámites" su Contabilidad Electrónica.

Lo anterior significa que todas las personas físicas deben cumplir con la contabilidad electrónica  a menos que:
a) Obtengas ingresos sólo por salarios y asimilados a salarios. 
b)Tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal
c) Si reciben ingresos por honorarios los ingresos del ejercicio no sean mayores a $2'000,000.00 o que no hayan tenido ingresos por más de $4'000,000.00 en 2013 ( y por lo tanto debían de estar obligados a llevar contabilidad electrónica en 2015).
d) Demás personas físicas que no excedan los ingresos mencionados y opten por llevar "Mis cuentas".
e) Asociaciones religiosas sin importar el monto, siempre que opten por llevar "Mis cuentas".

Obligación de enviar aclaración

Ahora bien, el pasado 10 de marzo de este año, se publicó la Primera Modificación a la Resolución Miscelanea, que en la regla 2.8.1.19, en el que se establece que para optar por llevar "Mis cuentas" y no estar obligados a llevar la contabilidad electrónica, se requiere de envíar una aclaración para que se considere que se cumple con esta obligación, en caso contrario, la autoridad fiscal podrá requerir la contabilidad.

Opción de "Mis cuentas"
El procedimiento para optar por usar "Mis cuentas" es:
a) Entrar al portal
b)Iniciar sesión
c) Hacer click en servicios por internet
d) Ir a Aclaraciones
e) Hacer click en solicitud
f) Escribir en los datos que se opta por llevar Mis cuentas conforme a la Regla 2.8.1.19, por no estar obligado conforme al monto de ingresos.

Fecha límite
En el artículo Décimo Transitorio de la Primera Modificación a la Resolución Miscelanea, se establece que la opción deberá realizarse a más tardar el 30 de abril del presente año, con efectos a partir del 1o. de enero de 2016.

Es decir, que se debe presentar el aviso en la sección de Aclaraciones del portal SAT a más tardar el 30 de abril y deben registrarse las operaciones de ingresos y gastos desde enero de 2016.



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viernes, 11 de marzo de 2016

El dólar y sus finanzas personales

El dólar y sus finanzas personalesFree Photo - Dollar sign
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

El precio del dólar sigue subiendo, todos los días su costo se incrementa, pero  ¿a usted como le afecta que el peso se devalúe?, aquí algunos comentarios al respecto:

a) México es importador de maíz, por lo que sentiremos el efecto del aumento de precios en alimentos elaborados con el mismo, así como  de otros alimentos comprados a otros países.

b) Las bebidas, ropa, vehículos, piezas de automóviles, computadoras, teléfonos y demás equipo importado experimentarán cambios bruscos de precio.

c) Si planea viajar a otro país, todo saldrá más caro.

Sin embargo, no todo es malo, ya que si tiene familiares en el extranjero y le envían dinero, recibirá más pesos por los mismos dólares, y esto es importante porque en el cuarto trimestre de 2015, en el país se percibió 6,151.3 millones de dólares por concepto de remesas. Dinero que se gasta generalmente en negocios locales. 

Recuerde que es  necesario que planee sus gastos. En la medida de lo posible recicle o repare en lugar de comprar electrodomésticos  o bienes nuevos, compare precios de bienes hechos en México con los de importación; estos pasos lo ayudarán a disminuir el efecto inflacionario que ocasiona el incremento del dólar, que por lo visto será aún mayor.  
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