jueves, 11 de diciembre de 2014

Incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social- El Heraldo de Chiapas 02/12/2014



Transcripción:

Incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social de trabajadores domésticos.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González 

El patrón persona física puede inscribir voluntariamente a sus trabajadores domésticos, al régimen obligatorio del Seguro Social, para recibir los servicios médicos que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al inscribir a su trabajador doméstico le brinda la oportunidad de tener asistencia médico familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como derecho de recibir las pensiones de Invalidez y/o de Viudez, retiro en Cesantía en Edad Avanzada (60 años) o por Vejez (65 años de edad), Orfandad y Ascendencia.  Para tener acceso a la pensión se deben reunir mil 250 semanas de acuerdo con la ley del IMSS.
·         Requisitos
La inscripción es de carácter anual, los requisitos para la inscripción son que el patrón persona física vaya a las oficinas del IMSS acompañado de su trabajador doméstico, llevando identificación oficial con fotografía y firma, en original y copia, comprobante del pago de la cuota anual anticipada del aseguramiento, en copia; comprobante de domicilio del trabajador doméstico, en copia. Si el empleado duerme en el domicilio del patrón, el comprobante de domicilio puede ser del mismo patrón.
·         Costo
El pago anual anticipado se calcula sobre de la cuota estimada de un sueldo mensual, tomando como base una vez el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.  Tiene un costo aproximado de $7,000.00 pesos y el asegurado tiene la posibilidad de dar de alta a su núcleo familiar.  
  • Casos en que no se puede asegurar al trabajador.
No podrás asegurar a su trabajador doméstico si este presenta alguna enfermedad  como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; problemas cardíacos y respiratorios, entre otros.
·         Vigencia
La cobertura es de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para el trabajador doméstico y sus beneficiarios legales, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al Seguro Social
Se puede renovar la incorporación del trabajador doméstico al IMSS, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo

Asimismo, es conveniente considerar que en ningún caso, el IMSS devuelve ni total o parcialmente el pago realizado, por lo que es muy importante que toda la información que se proporcione sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes, ya que en caso contrario este contrato sería nulo.