miércoles, 13 de septiembre de 2017

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

El pasado 11 de septiembre del presente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017.
Siendo los siguientes aplicables respecto a los ingresos que provengan del domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta correspondientes a los meses de agosto a diciembre de 2017, al tercero y cuarto trimestres de 2017, así como segundo y tercer cuatrimestres de 2017, según corresponda.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las personas físicas que tributen en  Régimen  de Incorporación Fiscal, se les difiere la obligación de presentar las declaraciones del cuarto a sexto bimestres del ejercicio fiscal de 2017, mismas que deberán presentar a más tardar en el mes de enero de 2018.

 ARTÍCULO TERCERO.- Se otorga un estímulo fiscal consistente en deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo, durante el periodo comprendido entre el 7 de septiembre de 2017 y el 31 de marzo de 2018, en los ejercicios en los que adquieran dichos bienes, aplicando la tasa del 100 por ciento sobre el monto original de la inversión, siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas.
Lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.
Para los efectos de este artículo, se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.
Los contribuyentes que cuenten con seguros contra daños sobre los bienes de activo fijo que hubieran sido declarados como pérdida parcial o total debido al sismo, únicamente podrán aplicar el estímulo fiscal señalado en el párrafo anterior, sobre el monto de las cantidades adicionales a las que, en su caso, se recuperen por concepto de pago de las indemnizaciones de seguros y que sean invertidas en bienes nuevos de activo fijo.
ARTÍCULO CUARTO.- Los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal, excepto los asimilados a salarios, podrán enterar las retenciones del impuesto sobre la renta de sus trabajadores, correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, en 3 parcialidades iguales, siempre que el servicio personal subordinado por el que se paguen estos ingresos se preste en dichas zonas.
La primera parcialidad se enterará en el mes de enero de 2018, la segunda en el mes de febrero de 2018 y la tercera en el mes de marzo de 2018. La segunda y tercera parcialidad se actualizará por el periodo comprendido desde el mes de enero de 2018 y hasta el mes de febrero o marzo del referido año en que se realice el pago

ARTÍCULO QUINTO.- Los contribuyentes podrán enterar en 3 parcialidades iguales el pago definitivo de los impuestos al valor agregado y especial sobre producción y servicios a su cargo correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017
La primera parcialidad se enterará en el mes de enero de 2018, la segunda en el mes de febrero de 2018 y la tercera en el mes de marzo de 2018. La segunda y tercera parcialidad se actualizará por el periodo comprendido desde el mes de enero de 2018 y hasta el mes de febrero o marzo del referido año en que se realice el pago.

ARTÍCULO SEXTO.- Los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que tributen en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que opten por realizar pagos provisionales semestrales del impuesto sobre la renta, conforme a lo dispuesto por la regla 1.3. de la "Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2017", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2016, durante el segundo semestre de 2017, podrán optar por presentar mensualmente las declaraciones del impuesto al valor agregado correspondientes a dicho semestre
Tractor, John Deere, 6930, Premium
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Las solicitudes de devolución del impuesto al valor agregado presentadas antes del 15 de septiembre, se tramitarán en un plazo máximo de 10 días hábiles.
No será aplicable lo dispuesto en el presente artículo en los casos siguientes:
A los contribuyentes a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, una vez que se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria el listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado y a los contribuyentes que previo a la entrada en vigor del presente Decreto hayan sido sujetos del ejercicio de facultades de comprobación para verificar la procedencia del saldo a favor.
ARTÍCULO OCTAVO.- Los contribuyentes que con anterioridad al mes de septiembre de 2017 cuenten con autorización para efectuar el pago a plazo de contribuciones omitidas y de sus accesorios podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al mes de septiembre de 2017 y subsecuentes que se les haya autorizado, reanudando, en los mismos términos y condiciones autorizadas, el programa de pagos de dichas parcialidades a partir del mes de diciembre de 2017

ARTÍCULO NOVENO.- Los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal fuera de las zonas afectadas a que se refiere el artículo Décimo Segundo del presente Decreto, pero cuenten con una sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento dentro de las mismas, gozarán de los beneficios establecidos en el presente Decreto únicamente por los ingresos, activos, retenciones, valor de actos o actividades y erogaciones, correspondientes a la sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento o a los atribuibles al domicilio fiscal, ubicados en las zonas afectadas. Tratándose del impuesto al valor agregado, no deberán considerar en el pago mensual de dicho gravamen, correspondiente a los actos o actividades realizados fuera de las citadas zonas afectadas, el impuesto acreditable que corresponda a los actos o actividades por los que se aplica el beneficio establecido en este Decreto en dicha materia.

ARTÍCULO DÉCIMO.- Los contribuyentes que se encuentren en los supuestos para aplicar los beneficios otorgados en el presente Decreto, deberán hacerlo por todos los pagos provisionales o mensuales a que se refiere el mismo, que se encuentren pendientes de efectuar a la fecha de su entrada en vigor, correspondientes al periodo de septiembre a diciembre de 2017.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Si dejan de pagar total o parcialmente cualquiera de las parcialidades a que se refiere el presente Decreto, se considerarán revocados los beneficios de pago en parcialidades otorgados en el mismo. En este caso, las autoridades fiscales exigirán el pago de la totalidad de las cantidades adeudadas al fisco federal, con la actualización y los recargos que correspondan de conformidad con el Código Fiscal de la Federación.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- Para los efectos de este Decreto se consideran zonas afectadas de los Estados de Oaxaca y Chiapas, los municipios que se listen en las declaratorias de emergencia extraordinaria que publique la Secretaría de Gobernación en el Diario Oficial de la Federación con motivo del sismo del 7 de septiembre de 2017 mencionado en el presente decreto;

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- Tratándose de las obligaciones a cargo de los patrones y demás sujetos obligados, previstas en la Ley del Seguro Social, se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de agosto a diciembre de 2017, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de enero de 2018.
En el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades, se dispensará el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de los patrones y demás sujetos obligados a que se refiere este artículo.
Para efecto de gozar de las facilidades descritas en este artículo, los patrones y demás sujetos obligados deberán presentar su solicitud ante la Delegación o Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social en los Estados de Oaxaca y Chiapas, a más tardar el día 15 de noviembre de 2017.
Los patrones y demás sujetos obligados a que se refiere este artículo, que con anterioridad al mes de septiembre de 2017 obtuvieron autorización para efectuar el pago en parcialidades de cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas, podrán diferir el pago de las correspondientes al propio mes de septiembre de 2017 y las subsecuentes que se les haya autorizado, reanudando su pago en los mismos términos y condiciones autorizados, a partir del mes de enero de 2018.

Hasta ahora no se ha emitido la declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se encuentra pendiente determinar a que municipios se aplica este estímulo, por lo que se sugiere estar al pendiente de la información para conocer si puede utilizarlos o no.




domingo, 20 de agosto de 2017

Sistema Nacional de Certificación Turística

Sistema Nacional de Certificación Turística
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

El 18 de agosto del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Sistema Nacional de Certificación Turística y cuyo funcionamiento se encuentra contemplado iniciará en seis meses.

El Sistema de Certificación se refiere al conjunto de distintivos, sellos y reconocimientos otorgados por la Secretaría a los Prestadores de Servicios Turísticos y/o Destinos Turísticos que se distingan por adoptar mejores prácticas en sus procesos o altos estándares en sus servicios, a través de un proceso de autoevaluación y supervisión por parte de la misma. Asimismo, integra otras certificaciones y reconocimientos nacionales e internacionales.
Los pasos para obtener algún certificado, son los siguientes:

I.     Ingreso al Sistema de Certificación. Estar inscrito en el Registro y cumplir con el Marco Legal y Normativo de la Solicitud de Adhesión del Sistema de Certificación del Subsector correspondiente. 

II.    Diagnóstico de inicio.  Realizar el diagnóstico de inicio. 

III.    Plan de acción. Elaborar el plan de acción tendiente a mejorar los puntos críticos encontrados en el diagnóstico de inicio o Línea Base para elevar el Nivel de Calidad, cuando así lo requiera el Prestador de Servicios Turísticos y/o Representante del Destino Turístico. 
Lista De Comprobación, Portapapeles
IV.   Implantación y seguimiento del plan de acción. El Prestador de Servicios Turísticos y/o Representante del Destinos Turístico llevan a cabo la ejecución de las acciones descritas en el plan de acción.

V.    Seguimiento de oferentes de servicios. Seguimiento de los oferentes de servicios seleccionados que proporcionan las herramientas, servicios y/o productos para que el Prestador de Servicios Turísticos y/o Representante del Destino Turístico pueda ejecutar su plan de acción;

VI.   Formalización de la Metodología de Intervención. Se instala un sistema o mecanismo de gestión de calidad y mejora continua a efecto de garantizar la continuidad y sostenimiento, elevando los Niveles de Calidad del Prestador de Servicios Turísticos y/o Destino Turístico;

Éxito, Inicio, Empresarios, Beneficio
VII.  Evaluación final. El Prestador de Servicios Turísticos y/o Destino Turístico, elabora su evaluación final, siempre y cuando éste haya implementado y finalizado su plan de acción.

VIII.  Dictaminación del Nivel de Calidad. Revisión al Prestador de Servicios Turísticos y/o Destino Turístico conforme a la recomendación emitida sobre el Nivel de Calidad alcanzado, tomando como base la evaluación final.
IX.   Conformidad del nivel de calidad. En caso de que el Nivel de Calidad dictaminado sea inferior al obtenido en la evaluación correspondiente, el Prestador de Servicios Turísticos y/o Representante del Destino Turístico podrá solicitar una nueva revisión a través del Portal dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de entrega del informe de dictaminación.

 X.    Emisión del Distintivo Nacional de Calidad Turística.  La Secretaría emite el Distintivo Nacional de Calidad Turística en relación al Nivel de Calidad alcanzado por el Prestador de Servicios Turísticos y/o Destino Turístico; y

XI.   Reinicio del ciclo. Se promueve la posibilidad de iniciar un nuevo ciclo de intervención, en el caso de que se tenga la intención de mantener el proceso de mejora continua que se haya implementado anteriormente.
Etiqueta, Calidad, Satisfacción
 Los Sujetos a certificarse, se describen a continuación:

I.     Prestadores de Servicios Turísticos.  Tales como: agencias de viajes; alimentos y bebidas; arrendadora de autos; campo de golf; guía de turistas (especializados en buceo; generales y locales); hospedaje; marinas y embarcaciones turísticas; spa, transportadora turística (transporte aéreo; transporte terrestre), convenciones, ferias y exposiciones. Destinos Turísticos. Se consideran todos los destinos turísticos del país, así como los pueblos mágicos y destinos prioritarios;
Los elementos a analizar para obtener el distintivo de calidad son los siguientes:

I. Prestadores de Servicios Turísticos. Personas morales o físicas con actividad empresarial:
 ·  Gobernanza de la organización, Derechos humanos de los trabajadores; Prácticas laborales;
Inversionistas; Proveedores; Clientes; Prácticas comerciales; Competencia; Autoridad y legalidad ; Medio ambiente,  Desarrollo social y comunitario; Procesos y mejora continua; Gastronómico (únicamente aplica al Subsector de alimentos y bebidas); Seguridad e higiene en instalaciones (únicamente aplica al Subsector de spa); y Mantenimiento y flota (únicamente aplica al Subsector de arrendadoras de autos).

II. Personas físicas (Guías de Turistas): Competencia laboral; Equipamiento y herramientas; Seguridad y salud en el trabajo; Medio ambiente; Código de ética o de conducta; Clientes; Prácticas comerciales; Desarrollo social y comunitario; y Procesos y mejora continua.

III.    Destinos Turísticos. Licencias, permisos y pagos; Estrategia de destino sustentable; Servicios públicos básicos; Servicios públicos complementarios; Otros servicios; Derechos humanos; Medio ambiente; Infraestructura; Atractivos y servicios turísticos;

El sistema de certificación consta de cinco niveles, que van del Primero al Quinto y se denominan Bronce, Plata, Oro, Platino y Diamante.

El beneficio que puede tener una empresa que se adhiera al programa consiste primordialmente en ser considerada de gran calidad y garantía de servicio para el turista, por lo que tendrá una ventaja competitiva sobre aquellas empresas del sector que no lo obtengan.



viernes, 4 de agosto de 2017

Tips para ahorro de dinero

Tips para ahorro de dinero.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

Ahorrar dinero es bastante difícil, sabemos que es necesario ahorrar pero con los incrementos de servicios y productos, aunado a los bajos salarios es prácticamente imposible para la mayoría de las personas. Ahorrar no significa gastar menos dinero sino también maximizar los ingresos que se tienen.
Cartera, Tarjeta De Crédito, En Efectivo
El problema de no tener ahorros es que cuando se requiere dinero para algo realmente necesario no se tendrá lo suficiente para hacerle frente a las dificultades o requerimientos.

Aquí algunos tips para que administre su dinero, aunque sea poco, siempre se puede mejorar el uso y aprovechar los recursos que obtiene.

1. Evita las deudas. En realidad es muy difícil puesto que sólo las personas con mucho dinero pueden hacerlo, sin embargo es necesario analizar la razón para endeudarse  y comparar las tasas de interés que se deban pagar puesto que son sumamente altas y lo que hacen es duplicar o triplicar las deudas. Así, mientras mayor sea la cantidad que se abone por la compra, más rápido podrá pagar el préstamo y menor será el interés.

2. Fija objetivos de ahorro razonables. Es mucho más fácil ahorrar si sabe que tienes un objetivo, tales como adquirir una casa, auto, viaje, estudios. 

3. Lleva un presupuesto.  Es indispensable llevar un registro de los ingresos y sobre todo de los gastos que se realizan y tratar de ajustarse al máximo a los gastos. Se dividen los gastos en fijos necesarios y aquellos que pueden evitarse, así como los gastos extraordinarios. Actualmente existen aplicaciones gratuitas que permiten llevar el registro de los gastos.
Monedas, Calculadora, Presupuesto
En este punto, es necesario que elimine los lujos. Es importante analizar los gastos que se realizan y no son indispensables, recuerde que para lograr las metas es necesario hacer algunos sacrificios. Ejemplo de algunos gastos de este tipo pueden ser: Suscripciones a televisión por cable, en demanda, prime; paquetes de telefonía celular, regalos, viajes, ropa, revistas, periódicos, entre otros gastos que pueden ser reemplazados por servicios más económicos.

4. Algunos consejos para obtener dinero extra o disminuir los gastos, son los siguientes:

a) Venda juguetes, aparatos electrónicos, ropa, muebles y otros artículos que no utilice.

b) Elabore sus regalos, las manualidades o alimentos pueden ser buenas opciones y más económicas.

c) Compre ropa y muebles de segunda mano.

d) Si renta busque un lugar más económico.

e) Reemplace su vehículo por uno más económico, utilice transporte público o camine cuando sea posible.
Fiat, Auto, Vehículo, Auto Pequeño
f) En entretenimiento, visite museos, zoológicos, obtenga una suscripción a la biblioteca más cercana (en la mayoría hay préstamos a domicilio de películas, música y libros). Revise las carteleras culturales de su localidad, por lo general hay presentaciones de artistas, grupos musicales, obras, exposiciones, gratuitas.
g) Cocine sus alimentos, evite ir a restaurantes o comprar comida. Si es posible, obtenga apoyo del gobierno relativo a despensa u otros.
h) Disminuya el consumo de energía eléctrica, desconecte los aparatos electrónicos, recargue los celulares y consolas de juego, en parques. Reemplace sus focos, refrigeradores, lavadoras y otros aparatos electrodomésticos por los de consumo eficiente y ahorrador de energía.
i) Suscribase a los programas de puntos o recompensas que tienen algunas tiendas de autoservicios, farmacias o bancos. A través de la obtención de puntos podrá comprar algunos productos de forma gratuita o a menor precio.

j) Compre sus productos alimenticios y del hogar en mercados y tiendas de abarrotes grandes, de este modo adquirirá productos frescos y más económicos.
Por último, mantenga el ánimo. En ocasiones puede haber situaciones desesperadas, sin embargo se puede lograr una mejora financiera a mediano o largo plazo. Para esto, se debe ser optimista y  con control sobre el presupuesto se podrá lograr la estabilidad financiera.


martes, 1 de agosto de 2017

Emprendimiento en México, ¿como vamos?

Emprendimiento en México, ¿como vamos?
Dra. Ma. De los Angeles Mendoza GonzálezBombilla, Luz, Energía, Filamento

El reporte anual 2015/16 del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) analiza 60 países,  establece que en México, siete de cada 10 emprendimientos están orientados a las actividades de comercio y servicios. 60% de los adultos del mundo ven al emprendimiento como una carrera deseable, y más de la mitad de la población en edad para laboral cree poseer la habilidad para iniciar un negocio.

Algunos otros datos importantes que este estudio refleja son:

a) 21% de los adultos en los países encuestados tiene intención de iniciar un negocio en los próximos tres años. En México, es de 19% mientras que 49% ve al emprendimiento como una opción de carrera deseable, lo que ubica al país en el sitio 46 de 60 naciones en este rubro.

b) En promedio 1 de cada 5 emprendedores dará empleo a seis personas o más. En nuestro país el porcentaje es de 10%, mientras que en Estados Unidos alcanza niveles de 32 por ciento.
c) Los emprendedores tienen entre 25 y 34 años, uno de cada tres nuevos negocios son abiertos por jóvenes. En las economías basadas en recursos, la TEA (tasa de actividad emprendedora) es más alta entre mujeres, con 20 por ciento. En México, 23% son hombres, contra 19% de mujeres

d) 45% de los adultos en México ven buenas oportunidades para iniciar un negocio en los próximos seis meses.

e) Globalmente, sólo un tercio de quienes ven oportunidades tienen miedo al fracaso, en México es de 36%.

f) Más de la mitad de la población global económicamente activa, sienten que tienen la habilidad de iniciar un negocio. En México es el 46% de los adultos.

g) En México se logra en 2015 la tasa más alta registrada históricamente, con 21% de la población adulta involucrada en una Actividad Emprendedora Temprana (TEA).
h) La tasa de emprendedores establecidos en México en el 2015 llegó a 6.9% (en 2014 fue de 4.5%.)

i) La tasa en México de personas que dejaron de operar un negocio fue de 4.9%, de éstas, uno de cada tres lo hizo porque el negocio no era rentable y el 15% por problemas con el financiamiento. 

j) 36% de los que inician un negocio en México lo hace para aumentar sus ingresos; el 21% para tener más independencia; el 23% por un motivo mixto de oportunidad y necesidad; y el 20% lo hace únicamente por necesidad y mantener su ingreso.

k) El 19% de las mujeres adultas en México están llevando a cabo una actividad de emprendimiento. Por cada 10 hombres que inician un negocio 8.3 mujeres también lo hacen.

l) En México el 78% de las actividades de emprendimiento están orientados a actividades de comercio y servicios. Sólo el 3% de los emprendimientos nuevos y el 1% de los establecidos se desempeñan en sectores de tecnología. Respecto al uso de tecnologías, son el 2.6% de los nuevos negocios y el 10% de las empresas establecidas las que cuentan con tecnología más reciente.
Engranaje, Bicicleta, Cadena
m) Los niveles de internacionalización de las empresas nuevas en México son muy bajos, el 86% sólo obtiene ingresos del mercado nacional, y sólo 13% recibe menos del 25% de sus ingresos del exterior.

Por lo anterior, se puede concluir que las razones para emprender son variadas, principalmente para aumentar sus ingresos, oportunidad y necesidad. La mayoría de adultos considera que podrían establecer un negocio, sin embargo sólo los más jóvenes lo llevan a cabo. Una de las razones principales para no emprender es el miedo al fracaso. Asimismo, se observa una gran oportunidad para las start ups, que son las empresas que se especializan principalmente en aspectos de tecnología, ya que la mayoría de nuevas empresas está dirigida al comercio y servicios. 

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miércoles, 26 de julio de 2017

Crowfunding beneficios y regulación jurídica.

Crowfunding, beneficios y regulación jurídica.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González

El crowfunding consiste en obtener financiación colectiva para que un emprendedor lleve a cabo un proyecto personal, empresarial o social. Este método viene funcionando desde hace algunos años en diversos países y representa una gran oportunidad para obtener recursos de una manera novedosa y no únicamente a través de préstamos o ayudas de familiares.
Inicio, Puesta En Marcha, Carrera, Éxito

Los proyectos a financiar pueden ser muy variados: desde proyectos artísticos, creación de empresas, proyectos sociales, entre otros.
Apretón De Manos, Trabajo En Equipo
El origen del crowfunding se encuentra en las donaciones. La primera acción documentada con este sistema se atribuye al grupo de rock británico Marillon, realizada en 1997 cuando solicito apoyo para financiar su gira por EEUU.

Los pasos principales para llevar a cabo el proceso son:

El emprendedor envía su proyecto, o su idea de empresa a una plataforma de crowdfunding, que suele ser online a fin de que sea valorado su proyecto, con las especificaciones que le requieran.
Valoración del proyecto: la comunidad o la propia plataforma valora el interés del proyecto.
Se publica en la plataforma el proyecto por un tiempo determinado mediante el que la gente puede invertir y se promociona para conseguir la financiación del proyecto.
Cierre del proyecto. Cuando finaliza el plazo establecido, se cierra el proyecto y se comprueba cuánto se ha conseguido.
Mano, Dinero, Singapur
Ahora bien, las empresas intermediarias a través de las que se ofertan y obtienen los recursos generalmente cobran una comisión del 5 al 10% si el proyecto tiene éxito.

Seguridad y aspectos legales para los inversionistas
Aunque es claro que los inversionistas al fondear estos proyectos corren riesgos de tener pérdidas, puesto que algunos no tendrán el éxito necesario para que puedan obtener alguna ganancia. Existe además una falta de normas que regulen este tipo de operaciones, en caso de fraudes los defraudados sólo pueden actuar por la vía legal para tratar de recuperar su dinero.

Además, al tratarse de inversionistas y no de ahorradores, las personas que depositan su dinero en las plataformas de crowdfunding no cuentan con un seguro de depósito, como en el caso de otras instituciones financieras que sí están reguladas.

Sin embargo, a fin de dar mayor certeza jurídica  a los inversores y con el objeto de incentivar a los emprendedores, la Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV), la Secretaría de Hacienda (SHCP) y el Banco de México desde el año pasado presentaron un anteproyecto de ley para regular al ecosistema fintech, del cual el crowfunding forma parte. Este documento denominado Ley de Tecnología Financiera considera  como Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) las empresas de:
- Financiamiento colectivo (crowdfunding) enfocadas en deuda, capital, copropiedad o regalías, que acercan financiamiento a los segmentos desatendidos por la banca tradicional.
- Pago electrónico, que realizan servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico (e-money).

Lluvia De Ideas, Negocio, Colegas
Establece que las ITF deberán ser autorizadas por la CNBV, deberán constituirse como Sociedades Anónimas o de Responsabilidad Limitada y tener domicilio en México. También deberán contar con una estructura de gobierno corporativo, sistemas operativos, contables, de seguridad, así como oficinas y manuales de operación y tener un capital mínimo necesario para llevar a cabo sus actividades.

Asimismo, la ley prohibirá a las empresas de crowdfunding asegurar el éxito, retornos o rendimientos a los clientes sobre su inversión realizada, que los fundadores, accionistas, conyugues o empleados de las plataformas soliciten financiamiento a través de las mismas y que los inversionistas sean bancos, Sofipos, Sofom o Sociedades Cooperativas de Ahorro o Préstamo.
Dinero, Monedas, Pila, La Riqueza
Para ser aprobadas como ITF por parte de la CNBV deberán contar primero con la autorización previa del Banco de México, e informar a los clientes sobre los riesgos de fraude, y la imposibilidad de revertir las operaciones una vez hechas.

El gobierno no se hará responsable de garantizar los recursos a los usuarios en caso de fraude, por lo que los negocios estarán obligados a comunicar esto en su página de internet, publicidad y contratos que celebren con ellos.
Club, Subasta, Derecho, Símbolo, Juez
La CNBV podrá revocar el permiso para operar a las fintech que, entre otros lineamientos, no logren mantener el capital mínimoque les haya sido exigido y podrá establecer multas de 1 hasta 730,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) (valor de una UMA $75.49). Así como una pena de prisión de tres a 15 años y una multa de hasta tres millones de UMAS a quienes operen sin autorización, desvíen recursos de los clientes, compartan información confidencial o suspendan el servicio sin notificar a los usuarios.

La ley está prevista de aprobarse en el último trimestre de este año. Por lo que se considera que las empresas fondeadoras tendrán mayor transparencia, lo que puede impulsar la captación de inversionistas.

Los beneficios del crowfunding además de representar una oportunidad para que el emprendedor pueda financiar y llevar a cabo su proyecto, radican en la facilidad para invertir, los montos mínimos que se requieren para hacerlo y la posibilidad de que el proyecto tenga éxito y por lo tanto en un mediano plazo se pueda obtener una ganancia mayor al que ofrecen las demás sociedades de inversión y ahorro.
Inspiración, Bombilla De Luz, Ideas
Por otra parte, es conveniente analizar el riesgo que puede representar el proyecto y no arriesgarse demasiado en cuanto a la cantidad que se pueda invertir para no verse en problemas en caso de que el proyecto fracase.
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