martes, 27 de enero de 2015

Ingresos y deducciones de las personas físicas en la declaración anual- publicado el 13/01/15 El Heraldo de Chiapas

Ingresos y deducciones de las personas físicas en la declaración anual.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González
La obligación de realizar la declaración anual se acerca y las personas físicas deberán presentarla en abril, si es que obtuvieron ingresos por los siguientes conceptos, entre otros: Por la prestación de servicios profesionales (honorarios), por rentar bienes inmuebles, por realizar actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), excepto las que tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes, por enajenar bienes, por obtener salarios bajo ciertas condiciones especiales, deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1’000,000.00, herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
Por otra parte, recuerde que además de las deducciones propias correspondientes a la actividad de que se trate, tales como rentas pagadas, papelería, combustibles, teléfono, entre otros, también puede realizar las denominadas deducciones personales, tales como:
  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios: pagados para el contribuyente, su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que dichas personas no hayan obtenido ingresos iguales o superiores a  $23,276.05 durante 2014. Pero no serán deducibles los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, que sean pagados en efectivo.
  • Gastos funerarios: Solamente la cantidad que no exceda de $23,276.05
  • Primas por seguros de gastos médicos: complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Intereses reales: devengados y efectivamente pagados durante el año al que corresponda la declaración, por créditos hipotecarios utilizados  para la construcción o remodelación de casa habitación, así como los destinados al pago de deudas para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero o con instituciones públicas como el INFONAVIT o FOVISSSTE, siempre por debajo de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS).
  • Aportaciones complementarias de retiro: realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias- El monto de esta deducción será como máximo de 10% de los ingresos acumulables en el ejercicio.
  • Transportación escolar: de los descendientes en línea recta (hijos, nietos), pero sólo si la escuela obliga a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte.

Asimismo, es importante recordar que se limita el monto máximo que las personas físicas pueden deducir en la declaración anual por concepto de gastos personales y de las cuentas personales del ahorro. Lo más que podrá deducir en su declaración anual será la cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y un monto equivalente a cuatro salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal, es decir 94, 463.00, por lo que deberá revisar que gastos cumplen con los requisitos fiscales para su deducción y en su caso seleccione los que sean más importantes. 

jueves, 11 de diciembre de 2014

Incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social- El Heraldo de Chiapas 02/12/2014



Transcripción:

Incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social de trabajadores domésticos.
Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza González 

El patrón persona física puede inscribir voluntariamente a sus trabajadores domésticos, al régimen obligatorio del Seguro Social, para recibir los servicios médicos que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al inscribir a su trabajador doméstico le brinda la oportunidad de tener asistencia médico familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como derecho de recibir las pensiones de Invalidez y/o de Viudez, retiro en Cesantía en Edad Avanzada (60 años) o por Vejez (65 años de edad), Orfandad y Ascendencia.  Para tener acceso a la pensión se deben reunir mil 250 semanas de acuerdo con la ley del IMSS.
·         Requisitos
La inscripción es de carácter anual, los requisitos para la inscripción son que el patrón persona física vaya a las oficinas del IMSS acompañado de su trabajador doméstico, llevando identificación oficial con fotografía y firma, en original y copia, comprobante del pago de la cuota anual anticipada del aseguramiento, en copia; comprobante de domicilio del trabajador doméstico, en copia. Si el empleado duerme en el domicilio del patrón, el comprobante de domicilio puede ser del mismo patrón.
·         Costo
El pago anual anticipado se calcula sobre de la cuota estimada de un sueldo mensual, tomando como base una vez el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.  Tiene un costo aproximado de $7,000.00 pesos y el asegurado tiene la posibilidad de dar de alta a su núcleo familiar.  
  • Casos en que no se puede asegurar al trabajador.
No podrás asegurar a su trabajador doméstico si este presenta alguna enfermedad  como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; problemas cardíacos y respiratorios, entre otros.
·         Vigencia
La cobertura es de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para el trabajador doméstico y sus beneficiarios legales, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al Seguro Social
Se puede renovar la incorporación del trabajador doméstico al IMSS, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo

Asimismo, es conveniente considerar que en ningún caso, el IMSS devuelve ni total o parcialmente el pago realizado, por lo que es muy importante que toda la información que se proporcione sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades preexistentes, ya que en caso contrario este contrato sería nulo.