Lo encuentran en este sitio https://intranet.ebc.edu.mx/contenido/vidaebc/archivos/publicaciones/2dic14.pdf
Transcripción:
Incorporación
voluntaria al régimen obligatorio del seguro social de trabajadores domésticos.
Dra. Ma. De Los
Angeles Mendoza González
El patrón persona física puede inscribir voluntariamente a sus trabajadores domésticos, al régimen obligatorio del Seguro Social, para recibir los servicios médicos que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al inscribir a su trabajador doméstico le brinda la oportunidad de tener asistencia médico familiar, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como derecho de recibir las pensiones de Invalidez y/o de Viudez, retiro en Cesantía en Edad Avanzada (60 años) o por Vejez (65 años de edad), Orfandad y Ascendencia. Para tener acceso a la pensión se deben reunir mil 250 semanas de acuerdo con la ley del IMSS.
·
Requisitos
La inscripción es de carácter anual,
los requisitos para la inscripción son que el patrón persona física vaya a las
oficinas del IMSS acompañado de su trabajador doméstico, llevando identificación oficial con fotografía y firma, en original y copia,
comprobante del pago de la cuota anual anticipada del aseguramiento, en copia;
comprobante de domicilio del trabajador doméstico, en copia. Si el empleado
duerme en el domicilio del patrón, el comprobante de domicilio puede ser del
mismo patrón.
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Costo
El pago anual anticipado se calcula
sobre de la cuota estimada de un sueldo mensual, tomando como base una vez
el salario mínimo vigente en el Distrito Federal. Tiene un costo aproximado de $7,000.00 pesos y el asegurado tiene
la posibilidad de dar de alta a su núcleo familiar.
- Casos en que no se puede asegurar al
trabajador.
No podrás asegurar a su trabajador
doméstico si este presenta alguna enfermedad
como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como:
complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades crónicas del
hígado; insuficiencia renal crónica; problemas cardíacos y respiratorios, entre
otros.
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Vigencia
La cobertura es
de un año, iniciando los servicios médicos del IMSS para el trabajador
doméstico y sus beneficiarios legales, a partir del primer día del mes
siguiente al de su ingreso al Seguro Social
Se puede
renovar la incorporación del trabajador doméstico al IMSS, dentro de los 30
días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está
transcurriendo
Asimismo, es conveniente
considerar que en ningún caso, el IMSS devuelve ni total o parcialmente
el pago realizado, por lo que es muy importante que toda la información que se
proporcione sea la correcta y completa, en especial respecto a las enfermedades
preexistentes, ya que en caso contrario este contrato sería nulo.
El caso es que cuando alguien se enferma cronicamente ya no tiene derecho a trabajar e inevitable a deteriorarse fisica y mentalmente por falta de curación, además del incremento en los gastos que originan los servicios médicos particulares...
ResponderBorrarMtro. Mario Sabino