Dra. Ma. De Los Angeles Mendoza Glez.
En estos días se ha dado a conocer el acuerdo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó con la Asociación de Bancos de México, respecto a el procedimiento de facturación instantánea cuando se pague con tarjetas de crédito o débito.
Normalmente las facturas eran enviadas a los correos de los contribuyentes cuando así lo solicitaran, ahora con el supuesto de ahorrar tiempos, la facturación se emitirá al instante.
Con relación a este trámite, hasta ahora se conoce lo siguiente:
a) Se pretende iniciar el proceso durante el primer cuatrimestre de 2020.
b) El SAT absorberá los costos de facturación, por lo que no le costará ni a las empresas o al contribuyente.
c) Para realizar la facturación instantánea, los bancos deberán actualizar su información y enlazarlos con las bases de datos del SAT para identificar al cliente.
d) Los usuarios de las tarjetas deberán solicitar en su banco que se incorpore el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en su tarjeta. En este punto no se ha aclarado si únicamente se incluirá el dato en la información que contiene la tarjeta o será necesario reponer la tarjeta.
e) Los primeros negocios que proporcionarán este servicio serán gasolinerías, papelerías, entre otros más utilizados.
f) En una primera etapa, será opción del contribuyente si solicita el servicio o no.
g) Durante 2020 se darán a conocer a través de la Miscelánea Fiscal el reglamento que regirá este proceso.
g) Durante 2020 se darán a conocer a través de la Miscelánea Fiscal el reglamento que regirá este proceso.
Algunos analistas consideran que este proceso servirá para determinar discrepancia fiscal, es decir cuando se gasta más de lo que se obtiene de ingresos. Sin embargo, esto no es nuevo, es importante recordar que el SAT tiene acceso a la información de las cuentas bancarias de crédito y débito, por lo tanto recibe los comprobantes que amparan las compras y gastos que se realizan con dichas cuentas y puede desde ya determinar si se obtienen ingresos que no han sido declarados, aunque requiere de algunos datos que puede solicitar a los bancos.
Desde luego, es posible en una segunda etapa la facturación ya no sea opcional, y todas las tarjetas bancarias incluirán los datos del RFC automáticamente; con lo que sí podrán cruzar información respecto a aquellos contribuyentes que gasten más de los ingresos que supuestamente obtienen, sobre todo en el comercio informal.
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